LEY DE DEPENDENCIA

Podemos asesorarle con el procedimiento para la obtención de la Ley de Dependencia para la valoración y concesión de las ayudas previstas Estos trámites requieren mucha documentación, burocracia y hay que disponer de un tiempo que muchas familias no tienen, por lo que nosotros nos sentimos felices de poder prestarles este servicio y ayudarles.

TIPOS DE DEPENDENCIA

La Ley establece tres tipos de dependencia:

  • Grado I. Dependencia moderada: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.
  • Grado II. Dependencia severa: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no quiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.
  • Grado III. Gran dependencia: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal. Serán atendidos con carácter preferente al resto de grados.